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Transparencia

Art. 7.- Difusión de la Información Pública.- Por la transparencia en la gestión administrativa que están obligadas a observar todas las instituciones del Estado que conforman el sector público en los términos del artículo 225 de la Constitución de la República y demás entes señalados en el artículo 1 de la presente Ley, difundirán a través de un portal de información o página web, así como de los medios necesarios a disposición del público, implementados en la misma institución, la siguiente información mínima actualizada, que para efectos de esta Ley.

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Certificación de registro institucional 2022

"La Defensoría del Pueblo con la finalidad de reconocer a las entidades que se encuentran obligadas a transparentar y garantizar el acceso a información pública, otorgó al Gobierno Autónomo Descentralizado Municipal de Cuenca la Insignia Anual de Registro de Catastro 2022".

 

 

   

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